30 de mayo de 2020

Año 1338, en el valle de "Langreo"

Los 680 años de la Carta Puebla de Langreo
En 1338, el valle de "Langreo" obtuvo el documento que lo constituía como organización local
Vista aérea de Langreo, con Sama, el río Nalón y La Felguera. F. RODRÍGUEZ. https://www.lne.es/servicios/multimedia/imagenes.jsp?pRef=2018121700_112_2397929__Las-Cuencas-Opinion-Carta-Puebla-Langreo
https://www.lne.es  
En el año 1338, las denominadas tierras del valle de Langreo (Lagnneo) obtuvieron de la mitra ovetense, de quien dependían como señorío eclesiástico, una Carta Puebla que venía a rubricar documentalmente su constitución como organización local con capacidad administrativa, de orden público y judicial. Aquel hecho tan trascendente para la ordenación territorial acaeció en el mes de junio, así que a lo largo del año el vecindario andaría revuelto con la institucionalización de su nueva entidad. Las cartas pueblas, como los llamados fueros en otros lugares peninsulares, fueron instrumentos de promoción urbana y estructura del espacio llevados a cabo por la corona para sustraer a la dependencia señorial nuevos sitios, en los que sus habitantes quedaban dotados de cierta capacidad para autogobernarse, siéndoles concedidos privilegios que en otras zonas eran difíciles, así que se extendió el dicho de "el aire de la ciudad hace libres". Pronto la iniciativa regia fue imitada por algunos señoríos que veían en el desarrollo de las ciudades un modo de obtener más ganancias. La ciudad generaba una riqueza que el campo no daba.
La Santa Iglesia Basílica Catedral Metropolitana de San Salvador de Oviedo es una catedral de estilo gótico que se encuentra en la ciudad de Oviedo (Principado de Asturias, España). Es conocida también como Sancta Ovetensis, refiriéndose a la calidad y cantidad de las reliquias que contiene. CC BY-SA 3.0, https://commons.wikimedia.org/w/index.php?curid=173933
En Asturias una gran cantidad de tierras caía bajo dependencia de señoríos eclesiásticos, monásticos y del obispado y cabildo de la muy venerada Catedral de San Salvador. Y ello fue así desde que la extensión de la reconquista hacia el sur de la cordillera hiciera obligado trasladar la corte a León y luego más allá. Los reyes fiaron en los titulares del obispado el control de las regiones, aunque ello no impidió que hubiera poderosos señoríos laicos. Pero, incluso algunos acabarían cayendo bajo la tutela mitral como fue el caso del condado de Noreña y Gijón, tras las guerras del levantisco conde don Alfonso. Y ello continuó así después de creado el título regio de Principado de Asturias, en 1388, considerando estos lares, "alma de la reconquista" ligados para siempre al heredero al trono, en un caso similar a lo acaecido con el "Príncipe de Viana" en el reino de Navarra, el "Delfinado de Francia" o el "Principado de Gales" en Inglaterra. Menguar el poder señorial laico, reforzar el poder real y apoyarse éste en la organización eclesiástica estable fue un todo en el periodo bajomedieval. Las ciudades, las polas o pueblas, ofrecían una mayor diversidad, una organización estable, una seguridad que facilitaba los intercambios, los mercados, la existencia de un artesanado, la variedad de oficios? un mundo diferente.
El rey Alfonso VI de León (Museo del Prado). Retrato imaginario del rey Alfonso VI de León (1047-1109). Fue hijo del rey Fernando I de León y de la reina Sancha de León. Conquistó la ciudad de Toledo en el año 1085, aunque fue derrotado por los musulmanes en las batallas de Sagrajas y Uclés, que constituyeron sendas derrotas para las tropas leonesas y castellanas, falleciendo en la primera de ellas el heredero de Alfonso VI, el infante Sancho Alfónsez. Alfonso VI falleció en 1109, a los 62 años de edad y fue sucedido por su hija, Urraca I de León. Autor: Ramón Cortés https://es.wikipedia.org/wiki/Archivo:El_rey_Alfonso_VI_de_Le%C3%B3n_(Museo_del_Prado).jpg
El "valle de Lagnneo" se correspondía casi con lo que hoy son los concejos de San Martín del Rey Aurelio y el de Langreo, que de hecho estuvieron unidos hasta la tercera década del siglo XIX. En 1075 el rey Alfonso VI, de peregrinación a la Cámara Santa de San Salvador, para promover el valor de las reliquias en las peregrinaciones hizo donación a la mitra y cabildo de la demarcación de Langreo, lo que suponía que tierras y moradores entraban bajo control eclesiástico a efectos administrativos, judiciales y fiscales. Se oponen a la decisión real un grupo de nobles locales, los infanzones (que comparten los escudos de los hoy concejos divididos). Entre el mito y la leyenda está el relato del reto de dirimir el litigio mediante un duelo, que no consta se llevara a cabo, aunque en el séquito del monarca se hallaba don Rodrigo Díaz de Vivar, el luego llamado Cid Campeador, un digno rival por su fama. Sirve ese documento de donación regia para constatar quiénes eran aquellos primeros prohombres de estas tierras. En el año 1100 Alfonso VII, nieto del monarca concesionario, confirma la donación en otro documento de interés, aclarando que la dependencia se extiende a todos los habitantes, tanto infanzones como villanos que no podrán disponer de sus tierras sin permiso señorial. Otro texto más, de 1158, firmado por doña Urraca, señora de Asturias, reafirma de nuevo el señorío obispal de "Lagnneo", lo que puede entenderse como un síntoma de la permanente rebelión de los locales o al menos de la incomodidad de los más privilegiados, ya que a los pecheros, campesinos pobres, poco les importaba a quienes beneficiaban sus pagos.
Alfonso VII el Emperador. (Alfonso VII de León, llamado el Emperador; Caldas de Reis, 1106 - Fresneda, 1157) Rey de León y de Castilla, primero de la dinastía de Borgoña. https://www.biografiasyvidas.com/biografia/a/alfonso_vii.htm
Autonomía
Aprovechando en el siglo XIV que se extendía la costumbre de reordenar territorios creando núcleos de población estables mediante la concesión de fueros y cartas pueblas y que estos suponían una cierta autoorganización local, o autonomía, los vecinos de Langreo promovieron una reunión y en el mes de abril de 1338 dieron poder a un grupo de representantes para solicitar al obispado y cabildo "façer puebla en dicho conçeio" ya que "se fezieron de un gran tiempo acá muertes, forçias, robos e otros muchos males e se fazen oy dia con mengua de la justicia, e viendo que estos males non se podían nin pueden refrenar sin auer pobla". La "Carta Puebla" interesaba al vecindario con poder porque le permitía cierta independencia, y al señorío porque conservaba su control y además la existencia de una organización concejil estable le facilitaba la interlocución y el cobro de tributos. Estos tributos se establecen en dos pagos, por San Juan y Navidad, cambiando las entregas en especie por dinero (3.000 maravedíes). La Carta fija la demarcación geográfica, sus límites y los núcleos que lo componen y que coinciden con este valle intermedio del Nalón, entre Laviana y Tudela, con puntos delimitados en "Penna Alba" (o Peña de Villa), Pando, Bobia, San Tirso, hasta Blimea. Los representantes locales que firman la Carta Puebla son de San Mamés, de Pando o de Pampiedra.
Portada del libro La Carta Puebla de Langreo. Junio 1338. Ayuntamiento de Langreo. Asturias 1991. http://www.archivohistoricominero.org/portfolio_page/portada-del-libro-la-carta-puebla-de-langreo-junio-1338-ayuntamiento-de-langreo-asturias-1991/
Aunque parece confirmada la costumbre de reuniones vecinales conjuntas en La Ponte de Oturriellos, entre los distritos actuales de Sama y La Felguera, la "Carta Puebla" no fija el lugar donde ha de ubicarse la puebla. No se sabe a ciencia cierta cuándo se eligió Sama como centro administrativo, o si este estuvo antes en el barrio del Puente. Lo cierto es que desde el XVI ya había unos edificios de gestión pública. En las Actas de la Junta General de 1647 puede leerse la elección de un procurador "en las cassas de Ayuntamiento de la villa de Sama, concejo de Langreo estando juntos los señores justicia y reximiento deste concejo en su Ayuntamiento, como lo tienen de costumbre antigua" citando a los miembros de tal corporación. La "Carta Puebla" langreana es extensa y desde el punto de vista formal de las más evolucionadas y complejas otorgadas por el obispado. Establece cómo han de elegirse por los vecinos los cargos locales, alcaldes, jueces y personeros, dos de cada y con renovación anual que serán confirmados por el Obispo y Cabildo. Establece que habrá notario público y los documentos concejiles se pondrán en un arca con dos llaves en poder de dos diferentes responsables y que se conservará en casa de un "buen hombre". Está obligado el concejo a dar alojamiento y manutención al emisario del obispado y edificar dos casas para el mismo y para la gestión de asuntos.
Imágenes de la Carta Puebla de Langreo. VV.AA.  https://www.jgpa.es/documents/11156/8eb3965e-d544-42d2-9884-4f3d25ea6f44
Perdido
El documento original de la Carta Puebla está perdido, pero se conservan copias realizadas tiempo después en dos maravillosos libros: el Libro de los Privilegios y el Libro de la Regla Colorada, del rico Archivo Capitular, un depósito donde bucear la historia medieval de Langreo y del vecino San Martín del Rey Aurelio, dos concejos sin ruptura geográfica y con demasiadas vivencias conjuntas, pero privados del archivo común por un desgraciado incendio en medio de la guerra carlista del XIX. Pocos municipios asturianos disponen de fondos medievales. La Historia debe reconstruirse con otros archivos e ir sacando un ayer que explica no poco el hoy. Viene este escrito a cuento del aniversario y de un episodio de mi primer empleo como archivera-bibliotecaria del Ayuntamiento de Langreo en un ya lejano lustro (1983-1988) marcado por la ilusión de recuperar y organizar los papeles municipales. Una corporación, que puso empeño en plantar cara a muchos abandonos en muchos temas a base de trabajo duro, estaba al frente. De aquel tiempo me persiguen buenas cosas y buenas gentes. Una de esas personas me trajo el recuerdo del último trabajo como archivera local: la publicación en el 650 aniversario de la "Carta Puebla" de un amplio artículo en este mismo diario, en junio de 1988, sobre aquel documento. Más tarde, se editó la "Carta Puebla de Langreo" (1990) que coordiné, aunque ya no como funcionaria municipal. Uno es siempre un poco lo que fue. Y las raíces marcan mucho.
LANGREO. Es un pueblo sencillo que tiene algo especial. (LLANGRÉU en asturiano)  Está situado a 214 m. de altitud en la comarca Valle del Nalón, a orillas del río Nalón. Se encuentra junto a la AS-1 entre Mieres (16 Km.) y Pola de Siero (17 Km.), a 24 Km. de Oviedo, 33 Km. de Gijón, 120 Km. de León, 440 Km. de Madrid, y a 895 Km. de Barcelona. Es la cuarta ciudad más poblada de Asturias.  A sus habitantes se les denominan Langreanos. http://www.hernandezrabal.com/espana/asturias/central/langreo.htm
FUENTE: JOSEFINA VELASCO ROZADO (Archivera-bibliotecaria de la Junta General). Artículo publicado por La Nueva España el 17-12-2018. Ver enlace: https://www.lne.es/noticias-suscriptor/suscriptor/cuencas-opinion/2018/12/17/680-anos-carta-puebla-langreo/2397929.html

Josefina Velasco Rozado, archivera-bibliotecaria. Jefa del Servicio en la Junta General del Principado de Asturias. La Biblioteca de la Junta General del Principado de Asturias es una biblioteca que forma parte de la estructura administrativa de la Junta General del Principado de Asturias (Parlamento asturiano). Está integrada en un servicio denominado de Biblioteca, Documentación y Archivo. Entre sus funciones destacan la organización del fondo bibliográfico, del archivo de la Cámara y la compilación documental necesaria para el desarrollo de las competencias legislativas y de control al gobierno propias del parlamento. La Comunidad Autónoma del Principado de Asturias tuvo estatuto de autonomía propio por la Ley orgánica 7/1981, de 30 de diciembre.1 Según la Ley orgánica el parlamento asturiano recibe la denominación de Junta General del Principado de Asturias (en adelante Junta General o Parlamento de Asturias). El nombre procede de una histórica institución regional que subsistió desde el final de la Edad Media hasta la organización provincial del Estado hacia 1835, fecha en la que fue sustituida por la Diputación Provincial que, a su vez quedó disuelta cuando el Estatuto de Autonomía creó la Comunidad Autónoma. La existencia de ese antecedente ha hecho que la Junta General rinda homenaje a su predecesora editando los documentos históricos custodiados en el Archivo Histórico de Asturias. Foto LNE. FUENTE: https://es.wikipedia.org/wiki/Biblioteca_de_la_Junta_General_del_Principado_de_Asturias
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