El arzobispo asturiano que presidió las Cortes de Cádiz
Grullos (Candamo-Asturias). Imagen del Palacio de
Cañedo. En este edificio nació Alonso Cañedo y Vigil en 1760, obispo de Málaga
y Burgos, y diputado de las Cortes de
Cádiz. https://asturgeografic.blogspot.com/2013/07/grullos.html
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Retrato del
arzobispo Cañedo Vigil que se conserva en la catedral de Burgos. https://www.lne.es/siglo-xxi/2011/02/06/arzobispo-asturiano-presidio-cortes-cadiz/1029940.html
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El 24 de septiembre de 1810 se inauguraban con solemnidad las Cortes
Generales y Extraordinarias en el teatro acondicionado para sala de las
mismas en la gaditana Isla de León. «La nación levantó el vuelo» en
frase de Fernando García de Cortázar. Asturias estuvo
representada por siete diputados (uno por cada 50.000 almas según el
reglamento electoral) y uno más en representación de la Junta Superior
de Defensa y Observación de Asturias. Fue elegido D. Alonso Cañedo
Vigil, entonces dignidad de la catedral de Toledo.
Cañedo
pertenecía a una familia hidalga, como consta en el expediente de
limpieza de sangre e hidalguía hecho en 1781. Nació en Grullos, capital
del concejo de Candamo, el 19 de enero de 1760, hijo de D. Fernando
García Cañedo y D.ª Francisca Vigil, y fue bautizado el día 22. En
Grullos aún se conserva, con su escudo blasonado, el palacio de la
familia Cañedo. Cursó Artes y Leyes en la Universidad de
Oviedo hasta 1779, para trasladarse, con una beca, a estudiar al Colegio
de San Pelayo o «de los Verdes», en Salamanca, colegio fundado por el
también fundador de la Universidad de Oviedo, el arzobispo e inquisidor
general, D. Fernando de Valdés. Allí estudió Cánones, y se graduó
definitivamente en la Universidad de Toledo, como canonista en 1785,
completando una sólida formación humanística, filosófica, teológica y
jurídica. Uno de sus hermanos, Fernando, casó con Teresa Jove
Ramírez, prima de Jovellanos, por lo que éste trata a Cañedo como
«sobrino» en varias cartas sobre temas aprobados en las Cortes,
especialmente la declaración de la soberanía nacional y la constitución
en cámara única.
Recibió la ordenación sacerdotal en 1792 y
empezó la carrera clerical en Badajoz, como canónigo doctoral, y
posteriormente se trasladó a la Sede Primada de Toledo como vicario de
coro. En 1815 presentado por Fernando VII a Pío VII, fue consagrado
obispo en Madrid en la Iglesia de las Comendadoras de Santiago, para la
diócesis de Málaga, que rigió durante diez años hasta ser trasladado en
1825 al Arzobispado de Burgos, donde falleció el 21 de septiembre de
1829. Murió en la pobreza. Sus restos reposan al pie del altar mayor de
la catedral burgalesa. Ostentaba la Gran Cruz de la Orden de Carlos III. Un alto en su carrera eclesiástica fue su designación como diputado. En
las primeras Cortes de la España contemporánea se enfrentaban dos
opciones políticas: los liberales, escasos en número, y los partidarios
del viejo sistema de régimen absolutista. Cañedo no fue un liberal
declarado. Fue un eclesiástico, defensor de las ideas conservadoras,
pero sin radicalismos. De hecho, acepta los principios liberales que se
concretarán con la jura de la Constitución, aunque se reserve la
facultad de exponer lo que crea oportuno en uso de la libertad de
pensamiento. Cañedo Vigil fue elegido tercer presidente de las
Cortes por votación, con 72 votos, el día de Nochebuena de 1810 hasta
el 23 de enero de 1811. EI reglamento de régimen interior de 1810
establecía que el cargo se renovase el 24 de cada mes. Desempeñó el
cargo con imparcialidad, según las competencias atribuidas: abrir y
cerrar la sesiones; mantener el orden; llamar a la cuestión al diputado
que se extravíe; conceder y quitar la palabra; convocar sesiones
extraordinarias; expulsar al diputado que llamado al orden no
obedeciese; fijar el orden del día. No tenía voto de calidad. Firmaría
los decretos aprobados por las Cortes. Las mismas competencias, que
excepto, la duración del cargo, o la firma de decretos, rigen en la
actualidad. Cargo de honor y de reconocimiento de la valía personal.
Por
estas fechas, Cañedo ya estaba integrado en el la actividad
parlamentaria. Fue miembro de dos comisiones parlamentarias de suma
importancia: la encargada de redactar la Constitución coincidiendo -con
Argüelles- y la de supresión de prebendas eclesiásticas. De
sus intervenciones, más de 44, aludimos a las más relevantes: sobre la
Iglesia, defendió sus privilegios, admitiendo, sin embargo, que no se
proveyesen, temporalmente, beneficios eclesiásticos, y su importe
pasase, a la hacienda pública. Alonso Cañedo Vigil votó en contra de la
supresión del Tribunal de la Inquisición. En las reformas
políticas, como miembro de la comisión, aceptó la totalidad del
proyecto, aunque pusiese determinadas reservas, que no afectaron al
resultado final. Sienta un principio constitucional: «Las leyes
constitucionales deben ceñirse sólo a los principios» y lo demás debe
dejarse a los reglamentos. No fue partidario de la Cámara única,
defendiendo el sistema tradicional por estamentos (nobleza, clero,
pueblo) conforme a las leyes fundamentales. Apoyó y urgió el
cumplimiento del decreto de supresión de los señoríos jurisdiccionales.
Intervino en varias ocasiones al discutir el importantísimo reglamento
del Consejo de Regencia o del poder ejecutivo.
Defendió la dispensa de
nobleza de sangre para ingresar en el Ejército. Pidió severidad para los
delitos de traición. Defendió que el heredero de la Corona ostentase el
titulo de Príncipe de Asturias, ante la pretensión de nominarle
Príncipe de las Españas, con una detallada disertación histórica. Como
presidente firmó varios decretos aprobados por las Cortes: el de la
nulidad de la renuncia a la Corona hecha por Fernando VII; el que
contiene el reglamento del Consejo de Regencia o del poder ejecutivo. El
de prohibición de abusos y vejaciones a los indios. El de prohibición
de violación de la correspondencia. En las mismas Cortes
ejercieron la presidencia otros tres diputados asturianos: Felipe Canga
Argüelles y Andrés Ángel de la Vega Infanzón, en 1812, y Francisco del
Calello Miranda, en 1813, todos catedráticos de la Universidad de
Oviedo. Doscientos años atrás los representantes del Principado de Asturias marcaban terreno en el concierto nacional.
FUENTE: JUAN RAMÓN GONZÁLEZ CORONAS
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Alonso
Cañedo y Vigil (Grullos, 19 de enero de 17601- Burgos, 21 de septiembre de
1829), fue un religioso español, miembro de una familia de la hidalguía
asturiana. (…). https://es.wikipedia.org/wiki/Alonso_Ca%C3%B1edo_Vigil.
La imagen de De Desconocido - http://www.juntadeandalucia.es/educacion/vscripts/w_bcc1812/w/rec/4059.pdf
, Dominio público, https://commons.wikimedia.org/w/index.php?curid=39712076
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Ilustración de Alfonso Zapico |
José Casado
del Alisal (1831-1886): El juramento de las Cortes de Cádiz de 1810. Los
diputados que redactaron la Constitución Española de 1812 juraron lealtad en la
iglesia de San Pedro y San Pablo de San Fernando. Este hecho quedó
inmortalizado por el pintor José Casado del Alisal, cuyo cuadro está expuesto
en el Congreso de los Diputados de España. Este material está en dominio
público en los demás países donde el derecho de autor se extiende por 100 años
(o menos) tras la muerte del autor. Esta reproducción fotográfica, por ende,
también se considera de dominio público dentro de los Estados Unidos. https://es.wikipedia.org/wiki/Archivo:El_juramento_de_las_Cortes_de_C%C3%A1diz_en_1810.jpg
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Retrato de
Fernando VII con uniforme de capitán general, por Vicente López Portaña (c.
1814-1815). De Vicente López Portaña - [1][2][3], Dominio público, https://commons.wikimedia.org/w/index.php?curid=7952601
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Escultura de
Argüelles en el monumento a las Cortes de Cádiz. https://fotos02.lne.es/2012/03/13/646x260/2012-03-20_IMG_2012-03-13_01.54.15__8120214.jpg
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